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Unima Cooperatie U.A. · Países Bajos
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Condiciones generales

Los acuerdos entre usted y la cooperativa: qué hacemos nosotros, qué hace usted, cómo circula el dinero y qué ocurre si algo sale mal. Versión 2.0, en vigor desde el 15 de septiembre de 2026.

1. Definiciones y ámbito de aplicación

Cooperativa: Unima Cooperatie U.A., con domicilio en los Países Bajos, en adelante también UNIMA. Miembro: una empresa que, tras su admisión, tiene un contrato de membresía con la cooperativa. Solicitante: una empresa que ha solicitado la admisión o que se encuentra en el período de conocimiento mutuo. Proveedor: la parte que ofrece una unidad en venta. Comprador: la parte que adquiere una unidad. Unidad: un vehículo, una embarcación, una máquina, un remolque o una pieza que se comercia a través de la red. Transacción: un contrato plenamente concluido: pagado, embarcado, recibido y sin litigio pendiente. Cuenta de depósito en garantía: la cuenta separada en la que se mantienen los precios de compra hasta que se cumplen las condiciones para su abono.

Estas condiciones se aplican a toda solicitud, a toda membresía y a toda transacción que se celebre a través de la cooperativa, así como al uso del sitio web y del sello de calidad. Las condiciones de compra o de venta de un miembro quedan expresamente rechazadas, salvo que la cooperativa las haya aceptado por escrito.

Cuando estas condiciones estén disponibles en varios idiomas, en caso de divergencia de interpretación prevalecerá el texto neerlandés.

2. El papel de la cooperativa

La cooperativa pone en contacto al proveedor y al comprador y acompaña la transacción. Para ello se encarga de la evaluación de ambas partes, de la inspección de la unidad, de los documentos de exportación y de transporte, de los pagos a través de una cuenta de depósito en garantía y de la coordinación del transporte hasta el puerto acordado.

El contrato de compraventa se celebra entre el proveedor y el comprador. La cooperativa no es parte en él. No compra por cuenta propia, no mantiene existencias y no aplica margen sobre el precio de compra; sus ingresos consisten en la cuota, la tarifa de servicio, la tarifa de publicación y la comisión que figuran en la página de precios.

3. Qué no es la cooperativa

La cooperativa no es comerciante, ni intermediaria de reventa, ni una subasta. No es un banco, ni un proveedor de servicios de pago en el sentido de la Ley neerlandesa de supervisión financiera, ni una aseguradora. No ofrece garantía sobre la unidad, ni crédito, ni garantía de pago.

La cooperativa no presta asesoramiento fiscal, jurídico ni aduanero. La información sobre normas de importación, requisitos de inspección o límites de antigüedad en un país de destino se facilita según su leal saber y entender, pero no constituye asesoramiento; el comprador sigue siendo responsable de la admisibilidad de la unidad en ese país.

4. Solicitud y evaluación

La admisión se solicita a través del sitio web. El solicitante facilita, como mínimo, la denominación estatutaria, el número de inscripción en el registro mercantil del país de establecimiento, el domicilio social, la identidad del administrador o apoderado, y una dirección de correo electrónico y un número de teléfono profesionales a nombre de la empresa.

La cooperativa verifica la inscripción, comprueba la identidad del apoderado y consulta las listas de sanciones y de alertas. Puede exigir documentos adicionales, entre ellos un extracto reciente, un certificado bancario o referencias de socios comerciales anteriores.

La cooperativa puede denegar una solicitud sin expresión de motivos. De una solicitud no se derivan derechos y, por sí sola, no da acceso a la oferta.

5. El período de conocimiento mutuo

El solicitante que supera la evaluación es admitido a un período de conocimiento mutuo de un máximo de tres transacciones concluidas. Durante ese período se aplica una tarifa incrementada, no existe derecho al sello de calidad, no hay prioridad en caso de oferta escasa y los perfiles de búsqueda no están disponibles.

Solo cuenta una transacción plenamente concluida. Una transacción interrumpida no cuenta, pero sí se hace constar en el expediente. El expediente caduca a los doce meses sin transacción concluida.

Tras la tercera transacción finaliza el período de conocimiento mutuo. Sin membresía no es posible una cuarta transacción. Quien sea rechazado en esa evaluación podrá presentar, por una sola vez, una nueva solicitud transcurridos doce meses.

6. Admisión y membresía

La admisión se produce tras tres transacciones concluidas, en combinación con una valoración media de 4,0 o superior y una verificación válida del registro mercantil. La membresía se contrae por tiempo indefinido y puede rescindirse mensualmente con efecto al término del período de cuota en curso, salvo pacto escrito en contrario.

De la cuarta a la octava transacción concluida, la membresía es condicional. Si durante ese período la valoración media desciende por debajo de 3,7, la membresía finaliza, el derecho al sello de calidad decae y la cuota pagada por adelantado se reembolsa a prorrata.

La membresía es personal e intransferible. El expediente, las valoraciones y el sello de calidad están vinculados al número de inscripción en el registro mercantil y a los administradores; una nueva persona jurídica con los mismos administradores continúa el expediente existente.

7. Cuota, tarifa de servicio y comisión

Las tarifas vigentes figuran en la página de precios y forman parte de estas condiciones. La cuota es exigible mensualmente por adelantado. La tarifa de servicio, la tarifa de publicación y la comisión se devengan por transacción y se retienen en la liquidación o se facturan.

Ambos lados de una transacción pagan por su propio servicio. La cooperativa lo hace visible: que el comprador pague comisión no afecta a la tarifa de publicación del proveedor, ni a la inversa.

Todos los importes se entienden sin IVA y sin gastos bancarios, salvo indicación en contrario. El pago se efectúa sin compensación ni suspensión. En caso de pago tardío se devengará el interés legal de demora comercial, incrementado con los gastos de cobro extrajudiciales.

8. El sello de calidad

Con la admisión, el miembro adquiere el derecho a llevar el sello UNIMA Verified Supplier o UNIMA Verified Buyer, con el correspondiente certificado numerado y el sello anual. El derecho va unido a la membresía y finaliza de pleno derecho con la terminación de esta.

El alcance del uso permitido sigue el nivel de la membresía y está desarrollado en las condiciones de uso del sello de calidad. La marca no puede modificarse ni imitarse, ni utilizarse de forma que sugiera que la cooperativa responde de una unidad o de una transacción concretas.

El derecho decae en caso de valoración media inferior a 3,5, de litigio resuelto en contra del miembro, de declaración demostrablemente incorrecta, de uso de una valoración como medio de presión y de impago. Tras su extinción, el miembro retira la marca de todas sus comunicaciones en un plazo de treinta días.

9. Oferta y datos de la unidad

El proveedor facilita, por unidad, la categoría, la marca, el tipo, el año de fabricación, el número de bastidor o de serie, el kilometraje o las horas de funcionamiento con su fecha de lectura, una relación de los defectos conocidos, los documentos disponibles y fotografías recientes. Garantiza que estos datos son exactos y completos.

La oferta publicada en el sitio web es una invitación a negociar y no una oferta en sentido jurídico. Los errores manifiestos de escritura o de cálculo no vinculan ni a la cooperativa ni al proveedor.

La identidad del proveedor no se hace pública. Se comunica al comprador en el momento en que se celebra el contrato de compraventa, en la medida en que sea necesario para su ejecución.

10. Celebración de la compraventa

Un contrato de compraventa se celebra cuando el comprador acepta por escrito una unidad y la cooperativa confirma esa aceptación. La confirmación indica la unidad, el precio de compra, la divisa, la condición de entrega, el puerto de exportación y la fecha límite de pago.

Una reserva otorga al comprador, durante el plazo indicado en la página de precios, un derecho exclusivo de aceptación. Si ese plazo vence sin pago, la reserva decae de pleno derecho y la unidad vuelve a estar disponible.

11. Pago y fondos de terceros

El comprador paga por adelantado el precio de compra, las tarifas y los costes de transporte en la cuenta de depósito en garantía. Sin el abono íntegro, la unidad no se libera, no se carga y no se embarca.

La cooperativa mantiene el importe separado de su propio patrimonio y paga al proveedor después de que la unidad haya sido cargada y se hayan emitido los documentos de transporte, respetando el plazo de pago aplicable a la membresía.

En caso de reclamación fundada sobre la unidad, la cooperativa puede suspender el pago hasta que se haya concluido el procedimiento de reclamación. Las diferencias de tipo de cambio y los gastos bancarios corren por cuenta de la parte que los origina. Solo se acepta el pago desde una cuenta bancaria a nombre del propio miembro.

12. Inspección y certificado de la unidad

La cooperativa hace inspeccionar la unidad antes del embarque y recoge el resultado en un certificado de unidad numerado. Este indica la unidad, las lecturas registradas con su fecha, los documentos disponibles, la fecha de inspección, la valoración del proveedor y el puerto de exportación, y tiene una validez de noventa días.

La inspección es una comprobación visual y administrativa en el momento de realizarse. No es una garantía técnica, ni una tasación, ni un pronunciamiento sobre la vida útil restante. Los defectos que razonablemente no puedan detectarse en tal comprobación no quedan cubiertos.

13. Documentos y formalidades de exportación

La cooperativa se ocupa de la declaración de exportación, del certificado de exportación, del documento de transporte y de los demás documentos necesarios para la exportación desde el país de expedición. Para ello, el proveedor entrega a tiempo los documentos originales de propiedad y de matriculación y garantiza que la unidad está libre de embargo, prenda y financiación pendiente.

Las formalidades de importación en el país de destino corren por cuenta y riesgo del comprador, incluidos los derechos de importación, los impuestos especiales, las inspecciones previas, los límites de antigüedad y los requisitos de emisiones. La cooperativa puede prestar apoyo, pero no asume responsabilidad alguna por el resultado.

14. Transporte, entrega y riesgo

Salvo pacto escrito en contrario, la entrega se realiza FOB puerto de exportación según los Incoterms 2020. El riesgo se transmite al comprador en el momento en que la unidad es cargada a bordo en el puerto de exportación.

Los tiempos de travesía y de llegada indicados son orientativos y nunca esenciales. Los retrasos causados por el transportista, las autoridades portuarias, la aduana o las condiciones meteorológicas no dan derecho a resolución, descuento ni indemnización.

El comprador inspecciona la unidad sin demora a su llegada y comunica por escrito las desviaciones visibles en un plazo de siete días naturales desde la descarga, con fotografías y el documento de descarga. Transcurrido ese plazo, la unidad se considera recibida conforme al contrato.

15. Transmisión de la propiedad

La propiedad se transmite al comprador en el momento en que el precio de compra ha sido abonado íntegramente en la cuenta de depósito en garantía y la unidad ha sido declarada para su exportación. Hasta ese momento, la unidad sigue siendo propiedad del proveedor.

16. Obligaciones del proveedor

El proveedor mantiene la unidad disponible mientras esté publicada, comunica sin demora cualquier venta fuera de la red y entrega la unidad en el estado en que fue inspeccionada. No se permite retirar, intercambiar ni sustituir piezas después de la inspección.

El proveedor no manipula las lecturas del cuentakilómetros, no oculta antecedentes de daños ni declaraciones de estado, y comunica si una unidad ha sido declarada siniestro total, ha sido objeto de una llamada a revisión o presenta una construcción modificada.

Si una unidad publicada se vende en otro lugar a un comprador que entró en contacto con el proveedor a través de la cooperativa, la tarifa de publicación seguirá siendo exigible.

17. Obligaciones del comprador

El comprador paga por adelantado y en su totalidad, se atiene a la especificación confirmada y no renegocia tras la aceptación. Se encarga de que el lado de la recepción esté resuelto: un consignatario válido, un agente de aduanas y los medios para descargar y despachar la unidad a su llegada.

Mientras no se haya revelado la identidad del proveedor, el comprador dirige sus preguntas sobre la unidad a la cooperativa y no directamente al proveedor.

El comprador mantiene indemne a la cooperativa frente a reclamaciones de sus propios clientes derivadas de la reventa de la unidad.

18. Valoraciones

Tras cada transacción concluida, ambas partes se valoran mutuamente en un plazo de catorce días conforme a cuatro criterios fijos. Las valoraciones solo se hacen visibles cuando ambas han sido presentadas o ha vencido el plazo, y después ya no pueden modificarse.

Las puntuaciones son visibles dentro de la red; los textos explicativos no: estos se dirigen exclusivamente a la cooperativa y regresan a la parte valorada de forma resumida y no atribuible. Una media solo se muestra a partir de tres valoraciones, siempre indicando su número y la ventana de veinticuatro meses sobre la que se ha calculado.

Anunciar o utilizar una valoración como medio de presión en una transacción en curso es motivo de terminación inmediata de la membresía.

19. Anulación y transacciones interrumpidas

Tras la confirmación de la compra, la anulación por parte del comprador solo es posible con el consentimiento del proveedor. Los costes ya incurridos de inspección, documentos, almacenamiento y transporte siguen siendo exigibles; la tarifa de servicio no se reembolsa.

Si el proveedor retira una unidad después de la confirmación, el precio de compra se reembolsa al comprador sin demora y en su totalidad, y el proveedor adeuda a la cooperativa los costes efectivamente incurridos y la tarifa dejada de percibir.

Si el pago no se realiza dentro del plazo confirmado, la compraventa decae de pleno derecho, sin que sea necesario un requerimiento previo.

20. Responsabilidad

La cooperativa no responde del cumplimiento del contrato de compraventa por parte del proveedor o del comprador, ni del estado técnico o la vida útil restante de una unidad, ni de los actos de transportistas, transitarios, puertos o autoridades, ni de la admisibilidad de una unidad en el país de destino.

La responsabilidad de la cooperativa se limita en todos los casos al importe de la tarifa que haya percibido por la transacción de que se trate, con un máximo de diez mil euros por suceso y veinticinco mil euros por año natural, y al importe que, en su caso, abone su aseguradora.

Queda excluida la responsabilidad por daños indirectos, lucro cesante, daños por paralización, ahorros no obtenidos y daños reputacionales. Estas limitaciones no se aplican en caso de dolo o temeridad consciente de la propia cooperativa.

Toda reclamación caduca si no se comunica por escrito a la cooperativa en el plazo de doce meses desde su origen.

21. Fuerza mayor

Por fuerza mayor se entiende, en todo caso: guerra, disturbios, huelga, bloqueo portuario, ciberataque, caída de las redes de pago o de comunicación, epidemia, condiciones meteorológicas extremas, medidas gubernamentales, cierre de un corredor o de un puerto, y la no obtención de permisos.

Si la fuerza mayor se prolonga más de noventa días, cualquiera de las dos partes puede resolver la transacción sin incurrir en responsabilidad por daños, tras lo cual los fondos depositados en la cuenta de depósito en garantía se devuelven previa deducción de los costes efectivamente incurridos.

22. Suspensión y terminación

La cooperativa puede suspender a un miembro ante una sospecha razonable de declaración incorrecta, ante un litigio en curso, ante un impago o ante una alerta del control de sanciones o de blanqueo de capitales. La suspensión bloquea el acceso a la oferta y la participación en nuevas transacciones, y no afecta a las obligaciones en curso.

La membresía finaliza con efecto inmediato en caso de manipulación del cuentakilómetros, falsificación de documentos, elusión de la cooperativa en una intermediación en curso, ocultación deliberada de un defecto, uso del sello de calidad tras su retirada, y quiebra o suspensión de pagos.

Con la terminación decaen el sello de calidad, los certificados y el acceso. La cuota ya pagada correspondiente al período en curso no se reembolsa, salvo en el caso mencionado en el artículo 6.

23. Reclamaciones y litigios

Las reclamaciones se comunican por escrito a través de la página de reclamaciones. La cooperativa confirma su recepción en un plazo de dos días hábiles, investiga en un plazo de diez días hábiles y resuelve en un plazo de quince días hábiles.

Durante la tramitación, la cooperativa puede retener fondos en la cuenta de depósito en garantía. Las partes se obligan a agotar este procedimiento antes de someter un litigio a los tribunales.

24. Confidencialidad y anonimato

Los miembros mantienen en secreto los datos sobre las contrapartes, los precios, los márgenes y el contenido de la oferta, y los utilizan exclusivamente para su propia transacción. La oferta, las listas y los ficheros de datos no pueden compartirse, revenderse ni extraerse de forma automatizada.

La identidad de los proveedores no se hace pública. Los intentos de averiguar esa identidad al margen de la cooperativa o de continuar una transacción fuera de la red conllevan la terminación de la membresía y la obligación de abonar la tarifa dejada de percibir.

25. Datos personales

La cooperativa trata los datos personales conforme a lo descrito en la declaración de privacidad, que forma parte de estas condiciones. Los datos procedentes de la evaluación se conservan mientras sea necesario para la membresía y para el deber legal de conservación.

26. Sanciones, control de exportaciones y prevención del blanqueo de capitales

Los miembros declaran no actuar en contra de las medidas sancionadoras de la Unión Europea, las Naciones Unidas, el Reino Unido o los Estados Unidos, ni actuar por cuenta de una parte incluida en una lista de sanciones.

No se acepta el pago en efectivo y se rechaza el pago por parte de terceros. La cooperativa comunica las transacciones inusuales cuando la ley así lo exige y no está obligada a informar de ello al miembro.

Las unidades con una posible aplicación militar o de doble uso no se intermedian sin el permiso exigido a tal efecto.

27. Propiedad intelectual

El nombre UNIMA, el emblema, el sello de calidad, los certificados, los textos, las fotografías y los ficheros de datos elaborados que figuran en el sitio web corresponden a la cooperativa o a sus licenciantes. Su uso solo se permite en el marco de la membresía y en la medida en que estas condiciones lo determinen.

La cooperativa puede utilizar las fotografías y los datos que aporte un proveedor para la publicación, la certificación y la promoción de la red. El proveedor garantiza que está facultado para ello.

28. Modificación de las condiciones

La cooperativa puede modificar estas condiciones y las tarifas. Toda modificación se anuncia por correo electrónico al menos treinta días antes de su entrada en vigor y se publica en esta página, con indicación de la fecha.

El miembro que no acepte una modificación puede rescindir la membresía con efecto a la fecha de entrada en vigor. A una transacción ya confirmada le seguirá siendo aplicable la versión vigente en el momento de la confirmación.

29. Cesión, divisibilidad e integridad

Un miembro no puede ceder sus derechos y obligaciones sin el consentimiento escrito de la cooperativa. La cooperativa sí puede ceder sus derechos y obligaciones a un sucesor legal.

Si una cláusula es nula o anulable, las demás cláusulas siguen en vigor y la cláusula afectada se sustituye por una disposición válida que se aproxime lo más posible a su finalidad. Estas condiciones, la página de precios, la declaración de privacidad, el procedimiento de reclamaciones y las condiciones de uso del sello de calidad constituyen en conjunto el contrato completo.

30. Derecho aplicable y tribunal competente

A estas condiciones, a la membresía y a todo contrato celebrado a través de la cooperativa se les aplica el Derecho neerlandés. Queda excluida la Convención de Viena sobre compraventa internacional de mercaderías.

Los litigios se someten al tribunal competente de los Países Bajos, en el distrito judicial donde tiene su domicilio la cooperativa, sin perjuicio del derecho de la cooperativa a demandar a un miembro ante el tribunal de su propio domicilio.